Es una medida extensiva a las discotecas, drinks, bares, colmadones y otros comercios de “naturaleza similar”
Por medio de la circular 6-2025, el Ministerio de Defensa ha establecido una prohibición para que sus miembros no lleven armas de fuego al asistir, ya sea en uniforme o de manera civil, a establecimientos donde se vendan bebidas alcohólicas.
Esta normativa se emite para un “estricto cumplimiento” y reitera lo que se había dispuesto en 2006. Se aplica a lugares como discotecas, bares, colmadones y otros negocios de “naturaleza similar”.
Asimismo, la carta del ministro Carlos Antonio Fernández Onofre advierte a todos los hombres y mujeres, sin importar su rango, categoría o función, que deben acogerse a las limitaciones de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (139-13), en su artículo 190, que se refiere a las declaraciones no autorizadas.
Adicionalmente, se instruye a los militares a evitar comportamientos, actitudes, vestimenta o lenguaje que sean inapropiados a través de cualquier medio de comunicación, ya sea físico, digital, electrónico o de otro tipo.
Además, se sugiere abstenerse de utilizar redes sociales, ya sea con o sin uniforme, para compartir acciones que no estén en línea con una conducta que refleje los principios y valores de la institución.
Así, se determina que para informar a la ciudadanía sobre las actividades culturales, deportivas, sociales y religiosas de las Fuerzas Armadas, solo el Ministerio de Defensa y las Comandancias Generales o las personas designadas podrán hacer declaraciones oficiales.
El incumplimiento de esta disposición se considerará como “una falta grave debidamente establecida en nuestras normativas legales, por lo que se sancionará de acuerdo con nuestra Ley Orgánica y el Reglamento Militar Disciplinario”.
Fernández Onofre exige que los oficiales ejecutivos y de las instituciones militares implementen las medidas necesarias para asegurar su cumplimiento.
Para ello, se dispondrá que la orden sea leída y colocada en lugares visibles y de fácil acceso en todos los recintos, campamentos, destacamentos y puestos militares, tanto terrestres como navales y aéreos, para su completo conocimiento. De esta manera, se anulará cualquier norma administrativa que contradiga lo estipulado.
Con información de | listindiario.com
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