Desde 1999 hasta hoy, se han enviado en extradición a 631 dominicanos hacia Estados Unidos y otros países, acusados de una variedad de delitos como narcotráfico, asesinato, estafa, blanqueo de capitales y agresión sexual.
Desde 2019 hasta la fecha actual, aproximadamente 233 dominicanos han sido extraditados por el Gobierno de la República Dominicana a través de canales diplomáticos.
Los más recientes casos de extradición incluyen a Ernesto Pérez Sánchez y Francisco Javier Caminero Castillo, solicitados por las autoridades de España y Estados Unidos, respectivamente.
Por medio del decreto 228-25, se aprobó la entrega de Ernesto Pérez Sánchez a España, donde fue sentenciado por delitos relacionados con la salud y su relación con una organización criminal.
Igualmente, el decreto 229-25 autorizó la entrega de Francisco Javier Caminero Castillo a Estados Unidos, donde enfrenta múltiples acusaciones.
Estos datos están documentados en las estadísticas de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, bajo la dirección del magistrado Francisco Jerez Mena. El tribunal también cuenta con la participación de María Garabito, Nancy Salcedo Fernández, Fran Soto y Francisco Ortega Polanco.
De todas las personas extraditadas, algunas han sido enviadas a otros países tras la autorización de la Suprema Corte de Justicia, mientras que otras han decidido irse por iniciativa propia para enfrentar los cargos pendientes en la nación norteamericana.
De acuerdo a los registros, 198 dominicanos han optado por entregarse voluntariamente para hacer frente a las acusaciones, 35 han sido autorizados por la Suprema Corte de Justicia, 7 órdenes de arresto fueron anuladas y en 3 ocasiones se suspendieron las medidas de coerción.
Las solicitudes de extradición han sido formuladas por los fiscales auxiliares del Departamento de Extradiciones y Asuntos Internacionales de la Procuraduría General de la República, a instancias de los gobiernos de Estados Unidos, el Reino de España, el Reino de los Países Bajos, Francia, Italia, Canadá, Rumania, Brasil, Argentina, Venezuela, Costa Rica, Albania y Bélgica, entre otros.
En el año 2005, la Suprema Corte de Justicia otorgó la mayor cantidad de extradiciones, que incluyó a Quirino Paulino Castillo, ex capitán del Ejército Nacional, quien fue procesado en Estados Unidos por narcotráfico; además de Tirso Cuevas Nin y Lidio Arturo Nin Terrero, entre otros.
cronología de las extradiciones
Se han registrado 9 en 2025; 51 en 2024; 36 en 2023; 53 en 2022; 40 en 2021; 21 en 2021; 20 en 2020; 23 en 2019; 26 en 2018; 15 en 2017; 17 en 2016; 18 en 2015; 30 en 2014; 20 en 2013; 19 en 2012; 18 en 2011; 23 en 2010; 28 en 2009; 15 en 2008; 15 en 2007; 22 en 2006; 32 en 2005; 13 en 2004; 17 en 2003; 20 en 2002; 12 en 2001; 11 en 2000 y 7 en 1999.
Los fiscales son responsables del proceso de extradiciones, la presentación de pruebas, la redacción del informe de extradiciones activas y favorables, así como de la recopilación y entrega de evidencias.
un tratado en vigor
El Acuerdo de Extradición entre la República Dominicana y Estados Unidos se firmó en Santo Domingo el 19 de junio de 1909 y ha estado en vigor desde el 2 de agosto de 1910. Su objetivo es fomentar la colaboración jurídica internacional para la extradición mutua de criminales.
El 12 de enero de 2015, las autoridades de República Dominicana y Estados Unidos firmaron un nuevo tratado destinado a combatir el crimen y la delincuencia tanto a nivel nacional como internacional, el cual incluye nuevas formas de delitos, como los relacionados con la alta tecnología, el terrorismo, el narcotráfico y el sicariato.
En su artículo 10, el documento establece que en situaciones de emergencia, la parte solicitante puede pedir el arresto provisional de la persona buscada mientras se espera que se presente la solicitud de extradición junto con los documentos que la respalden.
puntos básicos sobre el acuerdo
Se indica que una persona arrestada de manera provisional puede ser puesta en libertad al cabo de 60 días naturales a partir del momento de su detención temporal, si la autoridad ejecutiva de la parte solicitada no ha recibido la solicitud de extradición y la documentación de respaldo pertinente.
El hecho de que la persona buscada sea liberada no impedirá que sea arrestada nuevamente y extraditada si la solicitud y los documentos que la apoyan son entregados más tarde.
Cuando se ha confirmado la extradición, pero la persona requerida está en proceso penal o cumpliendo una condena en la parte solicitante, esta podrá aplazar la entrega hasta que el juicio haya finalizado o la condena haya sido cumplida.
Con información de | listindiario.com
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